¿Tiene tu empresa algún sistema de Control de Horario de los trabajadores? ¿Sabes que es obligatorio desde el pasado domingo para todas las empresas?

La nueva reforma del ESTATUTO DE TRABAJADORES – REGISTRO JORNADA LABORAL, obliga desde el pasado domingo 12 de mayo a TODAS LAS EMPRESAS que tengan al menos 1 trabajador a:
 
1. Llevar un registro diario de las horas de entrada al trabajo, las horas de salida y las pausas de la plantilla.
2. Guardar los datos durante cuatro año.
3. Ponerlos a disposición de la plantilla, el comité de empresa e Inspección de Trabajo.
 
El empresario podrá elegir el método concreto a implantar. Pero deberá asegurarse de que es un SISTEMA INFALIBLE Y VERAZ que no pueda ser manipulado.
 
Las empresas que incumplan la obligación de contabilizar correctamente la jornada diaria de sus trabajadores se enfrentan a multas de entre 626 y 6.250 euros.
En JSM disponemos de diferentes sistemas de Control de Presencia para llevar el control horario de los trabajadores cumpliendo con el nuevo reglamento: desde terminales de control de presencia por Huella/Proximidad/Pin, por Tarjeta o Pulsera de proximidad y por reconocimiento de Iris hasta APP’s o sistemas de fichaje fuera de la oficina para equipos comerciales, teletrabajo, etc….
Si no tienes o dudas de si tienes un sistema adecuado consúltanos vía mail o llamando al 937 416 923.